Desde OSSE se recordó que la empresa nunca desconoció el valor de las audiencias públicas como herramienta de participación ciudadana. De hecho, la compañía ha impulsado y desarrollado este mecanismo en diversas oportunidades sobre temas estratégicos para la ciudad, como las audiencias de la EDAR (19/09/2013) y del Sistema Acueducto Oeste (02/12/2016).
En el marco del proceso judicial, se debatió si existía una obligación legal de convocar a una audiencia pública antes de que el HCD aprobara un aumento en la tasa de OSSE. La empresa expuso los fundamentos técnicos y jurídicos por los cuales podía aplicar otros métodos de participación ciudadana. Argumentó que, hacia fines de 2023, la situación presupuestaria era crítica: la inflación había desfasado los costos operativos y la recomposición de la tarifa resultaba indispensable para garantizar la continuidad del servicio. El ajuste tarifario —explicó— era necesario para sostener la compra de insumos esenciales como cloro, combustible y energía.
OSSE también destacó que siempre aplicó mecanismos de publicidad para asegurar la participación de la comunidad y que el decreto cuestionado fue posteriormente convalidado por la Ordenanza Municipal Nº 20.384.
La empresa remarcó tres puntos claves:
• La sentencia no está firme y será apelada.
• El fallo no ordena a OSSE devolver dinero a los usuarios.
• Solo establece que los montos pagados por el aumento de enero y febrero 2024 se acrediten en próximas facturas.